CONVOCATORIA 2021 AYUDAS REEMBOLSABLES A LA CREACIÓN Y CONSOLIDACIÓN EMPRESARIAL EN LA CIUDAD DE CÁDIZ

 

Snap76De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto Página 14 B.O.P. DE CADIZ NUM. 206 28 de octubre de 2021 de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

AYUNTAMIENTO DE CÁDIZ INSTITUTO DE FOMENTO, EMPLEO Y FORMACIÓN CONVOCATORIA AYUDAS REEMBOLSABLES A LA CREACIÓN Y CONSOLIDACIÓN EMPRESARIAL EN LA CIUDAD DE CÁDIZ.

Extracto de la Resolución de 8 de octubre de 2021 del Vicepresidente del IFEF, por la que se aprueba la convocatoria del ejercicio 2021 de ayudas reembolsables a la creación y consolidación empresarial en la ciudad de Cádiz. 1º.

 

Beneficiarios

LÍNEA 1: CREACIÓN DE EMPRESAS Podrán ser beneficiarios en esta línea las personas emprendedoras, y en especial, aquellas personas que por sus condiciones económicas y sociales, no tengan capacidad de obtener financiación mediante los cauces tradicionales financieros y que vayan a generar su propio puesto de trabajo mediante el ejercicio de una actividad empresarial en el municipio de Cádiz, cualesquiera que sea la forma jurídica elegida para el desarrollo del proyecto empresarial para el que solicitan la ayuda.

LÍNEA 2: CONSOLIDACIÓN EMPRESARIAL Podrán ser beneficiarios en esta línea las empresas, especialmente las microempresas, ya sean sus titulares personas físicas o jurídicas, cualesquiera que sea su forma jurídica para el desarrollo en la ciudad de Cádiz de alguna actividad económica de carácter industrial, comercial o de servicios. Quedan excluidos y no podrán concurrir a la convocatoria aquellas empresas en la que se den alguna de las siguientes condiciones: - Un volumen de facturación anual superior a la cuantía de 80.000 euros para Autónomos, Sociedades civiles y Comunidades de bienes y 600.000 euros para el resto de microempresas, cualesquiera que sea su forma jurídica. - Una plantilla de más de 9 trabajadores. Para ambas líneas: Quedan excluidas, y por tanto no pueden ser objeto de estas ayudas las actividades que se relacionan en el Anexo I (ACTIVIDADES EXCLUIDAS) de las bases reguladoras.

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/%20convocatoria/590009

 


Secretaría Colegio

Horario Secretaría Atención Público:

Lunes a Jueves de 8:00 a 18:00 horas de forma ininterrumpida y Viernes de 8:00 a 15:00 Horas

 

© 2024 Colegio Oficial de Graduados e Ingenieros Técnicos Industriales | Plaza Asdrúbal, 16. 11008 Cádiz | NIF: Q1170001J | Tel: 956 25 72 75 | secretaria@ingenierosdecadiz.es