Nuevas medidas de protección a los consumidores de energía y de reducción del consumo de gas natural

Como medidas más interesantes para los profesionales destacamos:

  • Hasta diciembre de 2023 las empresas y los autónomos podrán modificar su potencia contratada más de una vez en un plazo inferior a los 12 meses habituales.
  • Dotación de una partida de 40 millones para sustituir contadores analógicos de gas por contadores digitales en hogares y Pymes, sin incremento del coste del alquiler para estos consumidores, fomentando el ahorro de los pequeños consumidores.
  • Impulso al autoconsumo y las comunidades energéticas, al aumentarse la distancia entre punto de generación y autoconsumo en líneas de transporte o distribución hasta 1.000 metros para instalaciones en cubierta, al permitirse más de una instalación en una misma referencia catastral -evitando limitaciones al crecimiento en lugares donde ya haya una planta- y con otras medidas, como simplificando la tramitación de las instalaciones: se aumenta de 100 kW a 500 kW el tamaño de la planta exenta de obtener la autorización previa y la de construcción.
  • Modificación del Reglamento alumbrado exterior para aprovechar los avances técnicos. Así, los requisitos mínimos de eficiencia aumentan un 119% para el alumbrado funcional y un 163% para el alumbrado ambiental. Así mismo se actualiza el sistema de etiquetado mediante letras, de modo que sólo lo más eficiente se califique como "A" o "B", dando al usuario final información más realista de la eficiencia energética de su instalación y se potenciará el ahorro. El nuevo reglamento afectará a la iluminación pública (carreteras y calles), lo que incluye la de las administraciones y la de agentes privados que iluminen espacios públicos, como algunas vías de concesionarios. Será voluntario desde su publicación y obligatorio para los proyectos que se inicien el 1 de enero; los que se hayan iniciado antes, tienen un año máximo para concluirse.
  • Prorroga de un año más para las deducciones existentes que se aplican en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas.
  • Introducción en el Impuesto sobre Sociedades de una medida por la que los contribuyentes puedan amortizar libremente las inversiones que se efectúen en instalaciones destinadas al autoconsumo de energía eléctrica, así como aquellas instalaciones para uso térmico de consumo propio, siempre que utilicen energía procedente de fuentes renovables y sustituyan a instalaciones que utilicen energía procedente de fuentes no renovables de origen fósil.

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