El pasado día 3 de junio se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, BOJA, la Resolución de 23 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se convoca, para el año 2024, la concesión de subvenciones de las líneas 4 y 5 reguladas en la Orden de 5 de octubre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía.
- LÍNEA 4: subvenciones para la contratación realizada por personas trabajadoras autónomas con hijos o hijas menores de tres años a su cargo para que trabajen en su actividad económica o profesional. Podrán solicitarlas las personas trabajadoras autónomas, que tengan a su cargo hijos o hijas menores de tres años por nacimiento o adopción, guarda con fines de adopción, o acogimiento familiar permanente de la persona menor de tres años
- LÍNEA 5: subvenciones para la contratación realizada por personas trabajadoras autónomas para su sustitución en los supuestos de riesgo durante el embarazo, y en los periodos de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar. Podrán solicitarlas:
- a) Las mujeres trabajadoras autónomas en situación de riesgo durante el embarazo.
- b) Las personas trabajadoras autónomas, en general, para el disfrute del periodo de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción, o acogimiento familiar.
El plazo de solicitud empezó el 4 de junio y finaliza el 15 de septiembre, aunque se debe tener en cuenta que estas subvenciones se convocan en régimen de concurrencia no competitiva, esto es, se resolverán por fecha de solicitud hasta agotar el presupuesto de la convocatoria.
Para más información puedes acceder al texto completo de la orden y su extracto, así como a la solicitud publicada en la página web de la Junta de Andalucía, que encontraras en los siguientes enlaces: