En el BOE nº 226 de 18 de septiembre de 2024, aparece publicado el Real Decreto 892/2024, de 10 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Vehículos Históricos.
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un nuevo Reglamento de Vehículos Históricos que actualiza una norma que tiene ya tres décadas de antigüedad para adecuarla a las actuales legislaciones europeas y homogeneizar los tratamientos y beneficios que se dispensarán a los vehículos clasificados como históricos en los distintos países.
La nueva regulación, impulsada por los ministerios de Interior y de Industria y Turismo, tiene como objetivo evitar que el tratamiento normativo español, desigual con respecto a otros países europeos, pudieran favorecer la salida o pérdida de vehículos históricos hacía otros lugares fuera del territorio español.
El nuevo reglamento, insta a los ayuntamientos a que, en el ejercicio de sus competencias para la regulación de los usos de las vías urbanas y para la restricción de la circulación a determinados vehículos en dichas vías por motivos medioambientales, establezcan fórmulas en sus ordenanzas municipales que permitan la circulación a aquellos propietarios que hacen un uso esporádico o no habitual de sus vehículos históricos.
Actualiza una norma que tiene ya tres décadas de antigüedad para adecuarla a las actuales legislaciones europeas y homogeneizar los tratamientos y beneficios que se dispensarán a los vehículos clasificados como históricos en los distintos países.
La normativa, referente a los automóviles de 30 años o más, entrará en vigor el próximo 1 de octubre.