Subvenciones para Jóvenes Emprendedores en Andalucía: Programa Innovactiva 2025

El Instituto Andaluz de la Juventud, adscrito a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, ha publicado la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a jóvenes andaluces o residentes en Andalucía que deseen emprender un negocio. Estas ayudas, enmarcadas en el Programa "Innovactiva 6.000", buscan fomentar la creación y consolidación de proyectos empresariales en la comunidad autónoma.

Objetivo de la Convocatoria

El propósito principal de estas subvenciones es facilitar la puesta en marcha de proyectos empresariales mediante dos vías:

  1. Constitución de empresas con forma jurídica societaria mercantil, cooperativas o sociedades laborales bajo la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social.

  2. Alta como autónomo, fomentando el emprendimiento individual entre los jóvenes.

Se priorizarán aquellos proyectos que incluyan el uso y aplicación de nuevas tecnologías y que tengan su domicilio fiscal en Andalucía.

Requisitos para los Beneficiarios

Podrán optar a estas ayudas las personas jóvenes andaluzas o residentes en Andalucía que cumplan los siguientes requisitos:

  • Tener entre 18 y 35 años (hasta 40 años en proyectos agrícolas o ganaderos).

  • Poseer, al menos, el título de Educación Secundaria Obligatoria o un certificado de profesionalidad.

  • No haber sido beneficiario de estas ayudas en convocatorias anteriores.

  • No haber figurado en propuestas definitivas de resolución en años previos y posteriormente haber renunciado a la subvención.

  • En el caso de autónomos, no haber estado dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en el año anterior a la solicitud, salvo como autónomo colaborador familiar.

  • Quedan excluidos proyectos derivados de cambios de forma jurídica de empresas ya existentes.

Plazos y Procedimiento de Solicitud

Las solicitudes deberán presentarse exclusivamente de manera telemática a través del portal oficial de la Junta de Andalucía en un plazo de un mes desde la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA). La resolución del procedimiento se realizará en un máximo de cuatro meses.

Resolución y Recursos

La concesión de las subvenciones estará a cargo de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud. Contra la resolución, los solicitantes podrán interponer recurso potestativo de reposición o recurso contencioso-administrativo.

Para más información y acceso a la convocatoria, consulta en este enlace el BOJA al que hace referencia este artículo.


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