El 26 de junio de 2025, la CNMC publicó en el BOE la Resolución de 12 de junio, que modifica procedimientos del sistema eléctrico peninsular, completando así el Real Decreto‑ley 7/2025.
Ámbito de aplicación
- Instalaciones ≥ 5 MW (≥ 0,5 MW en sistemas no peninsulares).
- Conexión directa a redes de transporte o distribución.
- No participar en mecanismos de restricciones técnicas.
Requisitos técnicos principales
- Consignas de tensión en tiempo real, con cumplimiento obligatorio.
- Control dinámico de tensión: factor de potencia entre 0,98 capacitivo e 0,98 inductivo.
- Equipos de medición avanzados: oscilografía y registros sincronizados.
- Transmisión continua de datos al operador del sistema.
Régimen sancionador
Penalización de 0,261 c€/kVArh por hora de desviación, según Anexo III del RD 413/2014.
A tener en cuenta en nuestros proyectos
- Seleccionar inversores/generadores que admitan consignas de tensión.
- Incorporar equipos de medida y sincronización horaria en los proyectos.
- Realizar estudios justificativos que demuestren capacidad de control.
- Facilitar la declaración de participación voluntaria cuando corresponda.
🔗 Consulta el texto completo de la resolución: BOE‑A‑2025‑13076