La Junta de Andalucía ha convocado, mediante resolución de 5 de agosto de 2025, subvenciones de la línea 2 dirigidas al fomento del trabajo autónomo para los años 2025 y 2026. Esta línea forma parte del marco regulado por la Orden de 29 de junio de 2023, bajo un régimen de concurrencia no competitiva.
Se establecen las siguientes categorías beneficiarias en función del sexo y la edad:
Mujeres autónomas menores de 35 años.
Hombres autónomos menores de 30 años.
Mujeres autónomas de 35 años o más.
Hombres autónomos de 30 años o más.
Para optar a estas ayudas, las personas solicitantes deben cumplir las condiciones establecidas en la Orden de 29 de junio de 2023, entre las que destacan:
Estar dadas de alta en el RETA o Régimen Especial del Mar.
Ser beneficiarias de la cuota reducida según el artículo 38 ter de la Ley 20/2007.
Desarrollar su actividad en Andalucía.
Presentar un plan de viabilidad con cuenta de resultados previsional positiva.
También pueden ser beneficiarias aquellas mujeres que hayan pasado de la cuota reducida a la bonificación del artículo 38 bis de la misma ley, siempre que cumplan el resto de requisitos y no se hayan beneficiado anteriormente de la línea 2.
Las solicitudes deben mantenerse durante al menos doce meses desde la presentación. Las notificaciones se realizarán por vía electrónica a través del sistema habilitado por la Junta de Andalucía.