
La Junta de Andalucía ha aprobado una nueva Instrucción sobre la tramitación de convenios y otros instrumentos de colaboración en el ámbito de la Administración andaluza, sus agencias y consorcios adscritos, así como los anexos en materia de protección de datos que deben incorporarse a dichos instrumentos.
¿Qué regula esta Instrucción?
La norma establece el régimen común para la tramitación de convenios, protocolos generales de actuación, acuerdos marco y otros instrumentos similares que se firmen con la Junta de Andalucía, delimitando su ámbito de aplicación, los tipos de convenios admisibles y los negocios jurídicos que quedan excluidos.
Además, fija el contenido mínimo de los convenios (objeto, obligaciones de las partes, compromisos económicos, vigencia, causas de resolución, mecanismos de seguimiento, etc.), e incorpora un modelo de convenio de referencia que deberán seguir los órganos de la Administración autonómica.
Impacto para el Colegio y para los colegiadOS
Esta regulación afecta directamente a los convenios que el Colegio pueda suscribir con la Junta de Andalucía y sus entidades (por ejemplo, en materia de formación, proyectos de colaboración técnica, subvenciones o programas de prácticas), condicionando la estructura de los textos y la documentación que debe acompañarlos (memoria justificativa, memoria económica, informes preceptivos, etc.). [file:28]
La Instrucción también refuerza la seguridad jurídica y la transparencia, al exigir que los convenios mejoren la eficiencia de la gestión pública, faciliten el uso conjunto de medios y servicios, y respeten las reglas de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, aspectos relevantes para las iniciativas que puedan beneficiar a nuestro colectivo.
Protección de datos y seguridad de la información
En paralelo, se han aprobado instrucciones específicas y anexos obligatorios en materia de protección de datos, que deberán incorporarse a los convenios y otros instrumentos de colaboración en función del rol que asuma cada parte (responsable, encargado, corresponsable o responsable independiente con intercambio de datos). [file:28]
Estos anexos desarrollan los requisitos del Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD), la Ley Orgánica 3/2018 y el Esquema Nacional de Seguridad, regulando, entre otros aspectos, el tratamiento limitado de datos de contacto, los encargos de tratamiento, los acuerdos de corresponsabilidad y las comunicaciones de datos entre responsables, lo que incide en cualquier proyecto en el que se traten datos de colegiados o participantes.
Informaremos puntualmente a los colegiados sobre los convenios que se vayan formalizando al amparo de este marco, así como de las posibles convocatorias y programas que puedan resultar de interés profesional.


