El Colegio informa que el pasado día 17 de octubre, -ha sido notificada el día 29 de octubre- se ha dictado sentencia por el Tribunal Supremo, en concreto por su sala Contencioso-Administrativo, con motivo de un recurso que interpuso en su día el Consejo General de Colegios de Ingenieros Técnicos Industriales contra el Real Decreto 346/2011, regulador de las infraestructuras Comunes de Telecomunicaciones.
Este Decreto atribuía la competencia exclusiva en esta materia solo a Ingenieros e Ingenieros Técnicos de Telecomunicaciones, con exclusión por tanto de otros colectivos.
La sentencia, recogiendo los argumentos de nuestro Consejo General, anula los preceptos que hacen referencia a esta exclusividad ya que entiende están en contra de la legislación Española al respecto (Ley 17/2009) y la legislación comunitaria (Directiva de Servicios Europea 2006/123/CE).
En consecuencia, establece que la competencia en este ámbito, no es ya exclusiva de los Ingenieros o Ingenieros Técnicos de Telecomunicaciones, sino que debe extenderse ahora a cualquier Ingeniero o Ingeniero Técnico con conocimientos en la materia.
El Colegio procederá a incorporar estos proyectos y trabajos en sus procedimientos para que puedan también ser objeto de visado.
Es por tanto una magnífica noticia que nos complacemos en informar, ya que amplía el campo de actuaciones de todos los compañeros interesados.