Os informamos los últimos informes que la CNMC ha realizado en materia de la LGUM, respecto a las atribuciones de los Ingenieros Técnicos Industriales sobre las de reformas de locales comerciales, y para los Ingenieros Técnicos de Obras Públicas respecto a las licencias de 2ª ocupación, y que se vienen a sumar a los que ya tenemos para nuestra profesión.
Son muy importantes las conclusiones que se realizan, que se han trasladado a la Comisión del Ejercicio Libre, y que comentaremos en el próximo Pleno.
Especialmente resaltamos la conclusión sexta, que dice: “Y aunque se hubiera argumentado y hubiera concurrido en este caso una razón de interés general, debería haberse evitado su vinculación a una reserva de actividad a favor de titulaciones concretas en vez de a la capacitación técnica del profesional actuante en el expediente administrativo. Asimismo, no se analizan los conocimientos y experiencia técnica concretos del ingeniero reclamante, en línea con lo exigido por las SSTJUE de 22 de enero de 2002 (C-31/00), 7 de octubre de 2004 (C-255/01), de 8 de mayo de 2008 (C-39/07) y 2 de diciembre de 2010 (C-422/09, C-425/09 y C-426/09).”
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REFORMA DE LOCAL COMERCIAL ITI