Instalaciones Temporales de Ferias y Eventos Análogos 2019

alt

Como todos sabemos, comienzan las fechas de las Ferias en nuestra provincia y queríamos recordar una serie de temas a tener en cuenta a todos aquellos que realicéis trabajos de baja tensión en dichas ferias.

Tras la Mesa Redonda que hicimos en abril de 2017, queremos plantearos nuestra recomendaciones:

• El visado de las direcciones técnicas han de realizarse una vez acabada la obra.

• El visado de las direcciones técnicas temporales sin proyecto es inmediato ya que el Colegio es sensible a los problemas de tiempo que originan este tipo de instalaciones.

• También sabemos que el trámite en la Junta de Andalucía para casetas es también muy rápido, ya que se realiza telemáticamente a través del sistema PUES.

• En nuestra página web tenemos un formato específico de Dirección de Obra consensuado con la Delegación para las instalaciones temporales sin proyecto, que hacen referencia. Adjuntamos modelo.

• Nos constan inspecciones de años anteriores y que se detectaron varias irregularidades por tener tramitadas la documentación cuando las obras aun no estaban terminadas y con modificaciones a posteriori de las instalaciones, originando expedientes sancionadores a los técnicos.

• Igualmente adjuntamos la Normativa para este tipo de instalaciones temporales a tener en cuenta respecto a los trámites a realizar, documentación a presentar en todos los casos posibles incluyendo cuando es necesario proyecto y requisitos técnicos de las mismas (independientemente de la ITC-34 específica).

• Es importante documentar el estado final de la instalación con fotografias de los cuadros, midiendo la tierra, esquema unifilar montado y documento firmado por el técnico y titular que demuestre el estado de entrega de la instalación por si se modifica a posteriori. Esto lo puedes incluir en el visado o no pero debes tenerlo en tu poder, nosotros recomendamos que se vise junto a la dirección de obra.

PINCHAR EN EL TEXTO DE LA NORMATIVA PARA DESCARGAR

  Normativa Boja Nº Observaciones
1  Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión. B.O.E. 224 Instrucciones que le afecten y en especial la ITC-BT-34. Instalaciones con fines especiales, Ferias y Stand.
2  INSTRUCCION de 31 de marzo de 2004, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre procedimiento de puesta en servicio y materiales y equipos a utilizar en instalaciones temporales de ferias y manifestaciones análogas. 75 Marcaba los criterios para la puesta en servicio de atracciones de feria, Casetas de Feria, Alumbrados Festivos de calles y análogos y Circos y Teatros Ambulantes. Distinguia por potencias con 3 intervalos, inferior o igual a 10 Kw. (casetas igual o inferior a 100 m.), mayor de 10 Kw. e inferior o igual a 50 Kw. y mayor de 50 Kw. En función de esto requerirían Certificado de Instalación, dirección de obra o proyecto y dirección de obra e incluso OCA.
Tambien habla algo de materiales y equipos.
3 DECRETO 59/2005, de 1 de marzo, por el que se regula el procedimiento para la instalación, ampliación, traslado y puesta en funcionamiento de los establecimientos industriales, así como el control, responsabilidad y régimen sancionador de los mismos 118 Decreto base de la Tramitación de la Junta de Andalucía, se desarrollo en dos ordenes ya derogadas por la Orden del punto septimo de esta relación, una en 2005 y otra en 2007.
4 ORDEN de 24 de octubre de 2005, por la que se regula el procedimiento electrónico para la puesta en servicio de determinadas instalaciones de Baja Tensión 217 TECI
5 RESOLUCION de 24 de noviembre de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se desarrolla la Orden que se cita, que regula el procedimiento electrónico para la puesta en servicio de determinadas instalaciones de baja tensión 240 Orden de desarrollo del TECI
6 ORDEN de 20 de febrero de 2006, por la que se modifica la de 24 de octubre de 2005, por la que se regula el procedimiento electrónico, para la puesta en servicio de determinadas instalaciones de Baja Tensión. 40 Modificación orden anterior TECI
7 INSTRUCCIÓN de 9 de octubre de 2006, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se definen los documentos necesarios para la tramitación de las correspondientes autorizaciones o registros ante la Administración Andaluza en materia de industria y energía 248 Se define mucho mas la puesta en servicio de instalaciones una por una.
8 INSTRUCCIÓN de 29 de diciembre de 2006, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, complementaria de la Instrucción de 31 de marzo de 2004, sobre procedimiento de puesta en servicio y materiales y equipos a utilizar en instalaciones temporales de ferias, verbenas, exornos navideños y manifestaciones análogas 16 Específica para instalaciones temporales, da criterios técnicos para las redes de distribución, alumbrados ornamentales, medidas de protección contra contactos indirectos, alimentación a casetas e instalaciones interiores de las mismas.
9 RESOLUCIÓN de la Dirección General de Industria, Energía y Minas por la que se aprueban técnicas de seguridad equivalente para redes de distribución privadas temporales en instalaciones de ferias   Especifica tambien para instalaciones temporales, habla de los cables a utilizar y que en la D.O. constará especifícamente que se han realizado las verificaciones previas a la puesta en servicio según ITC-BT-05 aptdo. 3, pruebas de aislamiento con valores máximos y mínimos y antiguedad del los cables usados.
10 Orden de 5 de marzo de 2013, por la que se dictan normas de desarrollo del Decreto 59/2005, de 1 de marzo, por el que se regula el procedimiento para la instalación, ampliación, traslado y puesta en funcionamiento de los establecimientos industriales, así como el control, responsabilidad y régimen sancionador de los mismos 48 Orden para la tramitación telemática PUES.
11 Resolución de 16 de junio de 2015, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se modifican la comunicación de puesta en funcionamiento de establecimientos e instalaciones industriales y las fichas técnicas descriptivas de instalaciones industriales a las que se contrae la presente resolución, contenidas en los Anexos I y II de la Orden de 5 de marzo de 2013, por la que se dictan normas de desarrollo del Decreto 59/2005, de 1 de marzo, que se cita 121 Modificaciones de la Orden anterior en cuanto  a las Fichas Técnicas Descriptivas FTD.
12 Resolución de 17 de junio de 2015, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se aprueba el modelo del certificado de instalación eléctrica de baja tensión 121 Modificaciones de la Orden anterior en cuanto  a los Certificados de Instalaciones Eléctricas CIE.
13 Resolución de 17 de junio de 2015, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se aprueba el modelo de la Memoria Técnica de Diseño de instalación eléctrica de baja tensión 121 Modificaciones de la Orden anterior en cuanto  a las Memorias Técnicas de Diseño MTD.

FORMATO DE DIRECCIÓN DE OBRA PARA INSTALACIONES ELÉCTRICAS PROVISIONALES

Cádiz a 05 de abril de 2019

La Secretaría Técnica 


Secretaría Colegio

Horario Secretaría Atención Público:

De Lunes a Jueves de 8:00 a 18:00 horas 

Viernes de 8:00 a 15:00 horas

 

© 2024 Colegio Oficial de Graduados e Ingenieros Técnicos Industriales | Plaza Asdrúbal, 16. 11008 Cádiz | NIF: Q1170001J | Tel: 956 25 72 75 | secretaria@ingenierosdecadiz.es