PLAZA CONVOCADA:
TÉCNICO/A GRADO MEDIO
Identificada con el código F-04.12.30, incluida en la Oferta de Empleo Público de la Diputación Provincial de Cádiz para el año 2021, perteneciente al Grupo "A", Subgrupo "A2", escala de Administración Especial, subescala Técnica, clase Media.
SISTEMA DE SELECCIÓN:
sistema de selección de oposición libre
NÚMERO DE PLAZAS:
1
ORGANISMO CONVOCANTE:
Diputación Provincial de Cádiz
ENLACE PUBLICACIÓN:
BOP CÁDIZ 9 DE FEBRERO 2024 (pg 76)
https://www.bopcadiz.es/boletin/Boletin-numero-029-del-ano-2024/
https://www.bopcadiz.es/export/sites/default/.boletines_pdf/2024/02_febrero/BOP029_09-02-24.pdf#page=74
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
Veinte días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado
TASAS:
SI
REQUISITOS:
1. Para la admisión al proceso selectivo será necesario que las personas aspirantes declaren en su instancia que reúnen los siguientes requisitos en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudieran incurrir por inexactitudes o falsedades en la misma:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
En el supuesto de tratarse de personas extranjeras deberán superar una prueba previa, ante el Órgano de Selección nombrado para valorar la convocatoria a la que se presenten, donde demuestren conocimiento suficiente del idioma español. Esta prueba será calificada de apto o no apto. Quienes, de entre estas personas, hubiesen realizado los estudios oficiales en España o procedan de países cuyo idioma oficial sea el castellano serán eximidas de este requisito por el Órgano de Selección.
b) Tener cumplidos 16 años de edad y no haber alcanzado la edad para la jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del título de Diplomado/a, Ingeniero/a Técnico/a, Arquitecto/a Técnico/a o de los títulos de Grado equivalentes verificados por el Consejo de Universidades a través del cauce procedimental previsto en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad. A estos efectos, se considerará equivalente al título de Diplomado/a Universitario/a el haber superado los tres primeros cursos completos de los estudios conducentes a la obtención de cualquier título oficial de Licenciado/a, Arquitecto/a o Ingeniero/a, o el primer ciclo correspondiente a dichos estudios, siempre que este primer ciclo contenga una carga lectiva mínima de 180 créditos. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de la plaza a que aspira. En el supuesto de discapacidad deberá acreditarse la compatibilidad de ésta con el desempeño de las tareas de la plaza a la que se pretende acceder. Para estas personas, cuando previamente lo hayan solicitado en la instancia, el Órgano de Selección adaptará en lo posible el tiempo y medios de realización de los ejercicios de modo que gocen de igualdad de oportunidades.
e) No haber sido separado/a o haberse revocado su nombramiento como personal funcionario interino, con carácter firme, mediante procedimiento disciplinario de ninguna administración pública u órgano constitucional o estatutario, ni hallarse inhabilitado/a por sentencia firme para el ejercicio de cualesquiera funciones públicas o de aquellas propias del cuerpo, agrupación profesional o escala objeto de la convocatoria. En el caso de personal laboral, no hallarse inhabilitado/a por sentencia firme o como consecuencia de haber sido despedido/a disciplinariamente de forma procedente, para ejercer funciones similares a las propias de la categoría profesional a la que se pretende acceder.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
f) No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad para prestar servicios en la Administración Local.
g) Haber abonado la tasa por derechos de examen conforme a lo establecido en la base Cuarta y lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal reguladora de los derechos de examen por concurrencia a pruebas selectivas convocadas por la Diputación Provincial de Cádiz, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 103, de 2 de junio de 2009.
2. Los requisitos precedentes deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera de esta Corporación. Cuando se trate de requisitos de capacidad para el desempeño de las funciones públicas también deberán preservarse a lo largo de la carrera profesional.
3. Quienes resulten titulares de las plazas quedarán sujetos al régimen general de incompatibilidades establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
![]() Copyright © 2008 - 2025 , Buruj Solutions |
De Lunes a Jueves de 8:00 a 18:00 horas
Viernes de 8:00 a 15:00 horas