Os informamos de la Orden SND/325/2020 que prorroga la validez de los certificados de seguridad industrial cuya vigencia finalice durante el estado de alarma.
“Primero. Los certificados expedidos con base en las verificaciones o mantenimientos periódicos de la reglamentación de seguridad industrial, cuyo periodo de vigencia finalice durante el estado de alarma y sus sucesivas prórrogas, quedarán automáticamente prorrogados hasta los treinta días naturales posteriores a la finalización del estado de alarma y sus prórrogas.”