Frente al notable incremento de trabajos relacionados con instalaciones fotovoltaicas y autoconsumo, impulsado por el crecimiento de las energías renovables, así como los proyectos y memorias debidamente visados para la puesta en marcha de dichas instalaciones, queremos destacar la importancia del cumplimiento de las regulaciones tanto a nivel nacional como autonómico.
En la reciente jornada del 23 de noviembre de 2023, Manuel Reyes, Jefe del Departamento de Energía en Cádiz, recordó la necesidad de observar y justificar el cumplimiento de la normativa autonómica específica aplicable a este tipo de instalaciones, además del resto de regulaciones correspondientes.
En el caso particular de Andalucía, desde el año 2007 existe una normativa específica que regula estas instalaciones, detallada en la Orden de 26 de marzo de 2007. Posteriormente, se publicó una corrección de errores de dicha Orden el 18 de marzo de 2007, que incluye las Instrucciones Técnicas Complementarias que no fueron adjuntadas en la primera publicación.
Las once Instrucciones Técnicas Complementarias abordan los requisitos aplicables según el tipo de instalación que se esté proyectando. Por ejemplo, la ITC-FV-03 especifica quién debe realizar el proyecto o memoria y el contenido mínimo necesario para estos documentos, detallando numerosos puntos específicos que deben ser incluidos.
Adicionalmente, otras instrucciones, como la ITC-FV-05, abordan aspectos relacionados con la ubicación de las instalaciones, y la ITC-FV-11 establece requisitos para el montaje y mantenimiento. Es fundamental tener en cuenta estos detalles normativos para garantizar el cumplimiento integral de la normativa vigente y la eficiente operación de las instalaciones.
Adjuntamos esta normativa para su descarga:
- Orden de 26 de marzo de 2007
- Corrección de errores publicado 18 de marzo de 2007 (aqui están las instrucciones técnicas complementarias (ITC) FV 01 a FV 11 y los Anexos I y II.)
- Resolución de marzo de 2018 de modificación de la ITC-FV-04
También os recordamos el resto de normativas que hay que cumplir igualmente en esta lista no exhaustiva:
- RD 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica.
- RDL 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores.
- RD 900/2015, de 9 de octubre, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo.
- Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
- RD 738/2015, de 31 de julio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica y el procedimiento de despacho en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares.
- Circular 3/2020, de 15 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad.
- RD 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexión a red de instalaciones de producción de energía eléctrica de pequeña potencia.
- RD 1110/2007, de 24 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico.
- RD 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.
- RD 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
- Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética.
- Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.
- RD 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
- RDL 9/2013, de 12 de julio, por el que se adoptan medidas urgentes para garantizar la estabilidad financiera del sistema eléctrico.