Desde el Servicio de Industria de la Junta de Andalucía nos informan que ya ha entrado en vigor el plazo de 3 años otorgado por la disposición adicional vigesimosegunda del Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía, para la regularización administrativa de instalaciones frigoríficas, de protección contra incendios y de RITE existentes que no estén inscritas en los registros de nuestras Delegaciones Territoriales.
Este procedimiento transitorio supone una oportunidad para regularizar la situación administrativa de las instalaciones no legalizadas en su momento, sin tener que adaptarse a los requisitos técnicos de los actuales Reglamentos de aplicación. Debiendo además tenerse en cuenta que la puesta en funcionamiento de instalaciones y el desarrollo de actividades careciendo de la correspondiente autorización o inscripción registral constituyen infracciones graves conforme al artículo 31 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, sancionables con multas de hasta 6.000.000 euros.
Este trámite de regularización se realiza a través del tramitador electrónico PUES, aportando la documentación indicada en la referida disposición adicional. Se puede encontrar información sobre el uso del tramitador PUES y la realización de los correspondientes trámites en la siguiente sección de la página web de la Consejería de Industria, Energía y Minas:
https://juntadeandalucia.es/organismos/industriaenergiayminas/areas/industria/instalaciones/paginas/instalaciones-liberalizadas.html
En relación con la regularización de las instalaciones frigoríficas, sirven de referencia las guías relativas a la aplicación de la disposición transitoria primera del Real Decreto 552/2019, de 27 de septiembre, por el que se aprueban el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias, elaboradas por el Ministerio de Industria y Turismo, que se pueden consultar en el siguiente enlace:
https://industria.gob.es/Calidad-Industrial/seguridadindustrial/instalacionesindustriales/instaciones-frigorificas/Documents/GUIA%20IF%20NIPO%20v4.pdf