NUEVO REGLAMENTO DE EQUIPOS A PRESIÓN CNI TE RESUME LO MÁS RELEVANTE PARA LA EMPRESA INSTALADORA

    El 11 de octubre se publicó en el BOE el Real Decreto 809/2021 Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias EP-1 a EP-7.

    Descárgate el resumen completo de CNI abajo. Lo más relevante en 13 puntos:  

    - Se adapta el Reglamento a las Directivas europeas y se crea una nueva instrucción técnica complementaria para equipos a presión, con presión máxima admisible superior a 0,5 bares, de las terminales de gas natural licuado

    - Este Reglamento deroga el anterior Real Decreto 2060/2008 

    - Elimina el carnet. Habilitación mediante declaración responsable por tiempo indefinido

    - Seguro obligatorio de RP mínimo de 300.000 (EIP-1) y 600.000 € (EIP-2) para empresas instaladoras.

    - Empresas instaladoras categoría EIP-2 mínimo de una persona técnica titulada universitaria competente, contratada en plantilla a jornada completa

    - Plazo hasta el 2 de enero de 2025 para regularizar instalaciones no registradas

    - Se aclara que nuevas normas UNE no se aplicarán hasta la publicación en el BOE - Aumentan las obligaciones para usuarios de equipos a presión.

    - Cambios en las condiciones de emplazamiento de una caldera

    - La sustitución de una caldera será considerada como una modificación importante de la instalación.

    - Cambian los plazos de inspecciones periódicas de calderas de recuperación de lejías negras

    - Entrará en vigor el próximo 2 de enero de 2022

    - El Ministerio hará una guía técnica para la aplicación práctica de los requisitos del Reglamento

    https://bit.ly/30DGQJm #calderas #EquiposAPresión

    Descargar Documento Adjunto


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