El 16 de octubre de 2025 se publicó en el BOE el Real Decreto 917/2025, de 15 de octubre, por el que se modifican aspectos fundamentales del Real Decreto 413/2014, regulador de la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables, cogeneración y residuos. [Ver BOE]
Las modificaciones afectan a los artículos 11 y 21 y tendrán efectos desde el 1 de enero de 2024, salvo para instalaciones híbridas con almacenamiento, cuya aplicación se posterga al 1 de enero de 2026.
Aspectos relevantes para los ingenieros proyectistas:
- Las instalaciones nuevas o sustancialmente renovadas con uso de combustibles fósiles en cogeneración deberán cumplir un límite de emisiones directas de CO₂ inferior a 270 g CO₂/kWh.
- No se permitirá incrementar el uso de combustibles fósiles distintos del gas natural respecto a la media de consumo de los últimos tres años.
- Queda prohibida la incorporación de nuevas fuentes de calor basadas en combustibles distintos al gas natural.
Además, el decreto modifica el Real Decreto 900/2015, relativo al régimen económico y técnico del autoconsumo eléctrico, con el objetivo de adaptar estos esquemas a la nueva planificación energética.
Estas actualizaciones impactan directamente en el diseño técnico de proyectos, cálculos de emisiones, integración de sistemas de almacenamiento y selección de tecnologías térmicas, especialmente en entornos industriales y de cogeneración.
Se recomienda a los colegiados revisar en detalle estas modificaciones y considerar su efecto en los futuros proyectos de ingeniería energética.



