El Real Decreto 732/2026, de 16 de septiembre, regula la concesión directa de 7,3 millones de euros para financiar inversiones en los municipios de la comarca del Campo de Gibraltar. Las actuaciones se centrarán especialmente en infraestructuras del ciclo integral del agua, gestión de residuos urbanos, digitalización, infraestructuras corporativas y equipamientos municipales. La norma, publicada en el BOE de 17 de septiembre de 2026, establece además los procedimientos de concesión, ejecución, justificación y control de las ayudas, con especial relevancia para los profesionales técnicos que intervengan en la definición, contratación, ejecución y justificación de las inversiones.
🛠️ Información de interés para ingenieros técnicos industriales
La medida puede implicar actuaciones técnicas relacionadas con instalaciones hidráulicas, gestión y tratamiento de residuos, equipamientos e instalaciones municipales y proyectos de digitalización. La ejecución de las actividades subvencionadas deberá respetar además la legislación de contratación pública aplicable a cada entidad local destinataria de los fondos.
📘 UNA SUBVENCIÓN DIRECTA PARA ACTUACIONES MUNICIPALES
La entidad beneficiaria será la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar. La concesión se realizará directamente, sin concurrencia competitiva, y se instrumentará mediante convenios entre el Ministerio de Hacienda, la Mancomunidad y cada uno de los ayuntamientos integrantes.
Los convenios concretarán las actuaciones subvencionables, cuantías, condiciones de pago, plazos de ejecución, sistemas de justificación y mecanismos de seguimiento. Antes de su formalización y del pago deberán acreditarse los requisitos establecidos en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y en su reglamento de desarrollo.
⚙️ ACTUACIONES QUE PODRÁN FINANCIARSE
La financiación se destinará a:
- Infraestructuras del ciclo integral del agua.
- Infraestructuras para la gestión de residuos urbanos.
- Digitalización e infraestructuras corporativas.
- Equipamientos municipales.
💶 DISTRIBUCIÓN DE LOS 7,3 MILLONES DE EUROS
La dotación máxima asciende a 7.300.000 euros, financiados mediante la aplicación presupuestaria 37.02.942N.765. La distribución prevista es:
- Algeciras: 2.031.000 euros
- Castellar de la Frontera: 367.000 euros
- Jimena de la Frontera: 435.000 euros
- La Línea de la Concepción: 1.610.000 euros
- Los Barrios: 670.000 euros
- San Martín del Tesorillo: 250.000 euros
- San Roque: 1.277.000 euros
- Tarifa: 660.000 euros
📅 PLAZOS DE EJECUCIÓN Y JUSTIFICACIÓN
Las inversiones financiadas deberán estar ejecutadas antes de finalizar el ejercicio 2027.
La justificación se realizará mediante la correspondiente cuenta justificativa conforme al artículo 72 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones y a las condiciones establecidas en los convenios.
La entidad beneficiaria deberá conservar la documentación justificativa y someterse a las actuaciones de comprobación del órgano concedente, así como a los controles de la Intervención General de la Administración del Estado y del Tribunal de Cuentas.
💶 PAGOS Y COMPATIBILIDAD CON OTRAS AYUDAS
La norma permite realizar pagos anticipados, aunque los correspondientes convenios deberán determinar los supuestos concretos y la documentación acreditativa necesaria.
Las subvenciones serán compatibles con otras ayudas, ingresos o recursos procedentes de administraciones, entidades públicas o privadas, fondos nacionales, europeos u organismos internacionales, siempre que el conjunto de la financiación no supere el coste total de las actuaciones.
⚠️ JUSTIFICACIÓN, INCUMPLIMIENTOS Y REINTEGROS
La norma establece obligaciones de publicidad de la financiación pública y un régimen específico de reintegros ante incumplimientos.
Entre los supuestos previstos se encuentran la falta de justificación, el incumplimiento total o parcial de objetivos y actividades, determinadas modificaciones no autorizadas y, cuando resulte exigible conforme a la Ley General de Subvenciones, la no aportación de tres ofertas.
🔍 ASPECTOS A TENER EN CUENTA
- Publicación en el BOE: 17 de septiembre de 2026.
- Entrada en vigor: 18 de septiembre de 2026.
- Ejecución de las inversiones: antes de finalizar 2027.
- Justificación: antes del 1 de abril de 2028.
- Importe máximo: 7.300.000 euros.
- Aplicación presupuestaria: 37.02.942N.765.
- Revisar las condiciones técnicas, económicas y documentales establecidas en cada convenio.
- Aplicar la legislación de contratación pública correspondiente durante la ejecución de las actuaciones.
- Conservar la documentación técnica y económica necesaria para justificar correctamente las inversiones.


