El Boletín Oficial del Estado ha publicado el Real Decreto 1186/2025, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el nuevo Estatuto de la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) y se modifican determinados artículos del Reglamento de ejecución de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes. Esta norma sustituye al estatuto vigente desde 1997 y adapta la organización y funcionamiento del organismo a la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, reforzando su papel como instrumento clave de la política tecnológica y de innovación industrial en España.
El nuevo Estatuto actualiza en profundidad la estructura orgánica, define con mayor precisión las funciones administrativas y técnicas de la OEPM y consolida su actuación en el ámbito nacional e internacional de la propiedad industrial. Entre los cambios más relevantes destaca la regulación expresa de la Presidencia como órgano unipersonal de gobierno, la creación del Consejo Rector como órgano colegiado superior y la definición de la Dirección como órgano ejecutivo con rango de Director General.
Desde el punto de vista organizativo, se establecen cinco grandes órganos directivos dependientes de la Dirección: la Secretaría General, el Departamento de Patentes, Diseños e Información Tecnológica, el Departamento de Signos Distintivos, el Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales y el Departamento de Tecnologías de la Información y Transformación Digital, este último incorporado para reforzar la digitalización y el gobierno del dato en la gestión de la propiedad industrial.
La norma también desarrolla y concreta las competencias de la OEPM en materia de tramitación, examen y concesión de patentes, modelos de utilidad, diseños industriales, marcas y nombres comerciales, así como en la publicación del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial (BOPI) y en la difusión de información tecnológica para apoyar la innovación, especialmente en PYMES y emprendedores.
Asimismo, el real decreto modifica los artículos 31, 35, 39 y 62 del Reglamento de ejecución de la Ley de Patentes, precisando el contenido mínimo de las publicaciones en el BOPI relativas a solicitudes, concesiones y mantenimiento de patentes, reforzando la transparencia y la seguridad jurídica del sistema.
El real decreto establece un régimen transitorio para la adaptación de unidades y puestos de trabajo, garantizando que dicha adaptación no suponga incremento de gasto público, y dispone que la norma entra en vigor el día siguiente a su publicación en el BOE.


